Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 416

 Increméntase en el Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y
Minería", programa 320 "Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y
Servicios", unidad ejecutora 009 "Dirección Nacional de Artesanías y
Pequeñas y Medianas Empresas", financiación 1.1 "Rentas Generales", el
Proyecto de Funcionamiento 202 "Proyecto PACPYMES II", en un monto de $
12.600.000 (doce millones seiscientos mil pesos uruguayos) anuales por los
ejercicios 2011 a 2013 y en $ 10.200.000 (diez millones doscientos mil
pesos uruguayos) para el ejercicio 2014. A efectos del procedimiento de
asignación de recursos será de aplicación lo dispuesto por la Ley N°
18.104, de 15 de marzo de 2007.
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