Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 407

 Asígnase al Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería",
programa 320 "Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y
Servicios", unidad ejecutora 009 "Dirección Nacional de Artesanías y
Pequeñas y Medianas Empresas", financiación 1.1 "Rentas Generales", una
partida de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) para el ejercicio
2011 y una partida de $ 200.000 (doscientos mil pesos uruguayos) a partir
del ejercicio 2012 para el programa "Sistematización de Información".
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