PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Créase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", unidad ejecutora 007 "Dirección General de Desarrollo Rural", un cargo de "Director Técnico de la Dirección General de Desarrollo Rural", de particular confianza y comprendido en el literal d) del artículo 9° de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, modificativas y concordantes.Ayuda