Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 322

 El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas,
previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil,
aprobará el estatuto de los funcionarios de la Dirección General de
Casinos, a los efectos de su envío a la Asamblea General para su
consideración, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la
Constitución de la República.
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