Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 280

 Habilítase, en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", una
partida anual de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos), con destino a
financiar gastos de funcionamiento de la Unidad de Apoyo al Sector Privado
del programa 320 "Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y
Servicios" de la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría".
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