Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 186

 Créase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad ejecutora
033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas", programa 440
"Atención Integral de la Salud", un cargo en el escalafón Q "Personal de
Particular Confianza", de Director Nacional de Sanidad, cuya retribución
se regirá por lo dispuesto para los Directores de unidad ejecutora en la
presente ley.
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