PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Son obligaciones de las entidades públicas, estatales o no:
A)Adoptar las medidas necesarias e incorporar en sus respectivos
ámbitos de actividad las tecnologías requeridas para posibilitar
el intercambio de información.
B)Los sujetos involucrados en el intercambio de información deberán
cumplir con las obligaciones de secreto, reserva o
confidencialidad. Asimismo, adoptar aquellas medidas necesarias
para garantizar niveles de seguridad y confidencialidad
adecuados.
C)Recabar el consentimiento de acuerdo con lo previsto en la Ley N°
18.331, de 11 de agosto de 2008, de Protección de Datos
Personales y Acción de Hábeas Data.
D)Responder por la veracidad de la información al momento de
producirse el intercambio.
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