Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 115

 Autorízase a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua a
solicitar a los sujetos pasivos de la Tasa de Control del Marco
Regulatorio la información contable que entienda necesaria y suficiente a
los efectos del control del cumplimiento del pago de la misma. Se
mantendrá la reserva del caso, respecto de la información solicitada.
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