Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 Créase en el ámbito de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, el
Sistema de Gestión Humana (SGH), que consiste en un sistema de información
que contiene una base de datos relativa a la gestión de los recursos
humanos de la Administración Central, que cuenta con los datos personales,
funcionales, régimen horario y retributivo de las personas que tienen un
vínculo de carácter funcional con la Administración Central, así como
información concerniente a las estructuras organizativas a las que dichas
personas pertenecen.

Los Incisos designarán los respectivos usuarios del sistema, según los
perfiles definidos en cada caso, quienes serán responsables de la
veracidad y actualización de la información registrada por los mismos en
el sistema. El incumplimiento de dichas obligaciones constituirá falta
administrativa, pasible de sanciones.

El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Oficina Nacional del
Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, reglamentará lo
concerniente al funcionamiento y administración del sistema que se crea en
el presente artículo.
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