Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 109

 Increméntase el Fondo de Cooperación Técnica Internacional creado por el
artículo 34 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en los
siguientes montos en moneda nacional:


   2011          2012          2013          2014
1.607.336     1.665.962     3.511.177     3.624.991
Ayuda