Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 108

 Asígnanse al programa 486 "Cooperación Internacional", unidad ejecutora
004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto", las siguientes partidas
anuales, en moneda nacional, con cargo a la financiación 1.1 "Rentas
Generales", correspondientes a inversiones, para la Agencia Uruguaya de
Cooperación Internacional creada por el artículo 98 de la presente ley:

                                 2011       2012         2013        2014
Proyecto 971 "Equipamiento     80.863      52.005
y Mobiliario
de Oficina"                                             
Proyecto 972 "Informática"     300.000     300.000     300.000     300.000
Total                          380.863     352.005     300.000     300.000

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