Ley 18.719
Apruébase el Presupuesto Nacional, para el período 2010 - 2014.
(2.988*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
SECCION I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
El Presupuesto Nacional para el actual período de Gobierno se regirá por
las disposiciones contenidas en la presente ley y los siguientes anexos,
que forman parte integrante de ésta: Tomo I "Resúmenes", Tomo II
"Planificación y Evaluación", Tomo III "Gastos Corrientes e Inversiones",
Tomo IV "Recursos", Tomo V "Estructura de Cargos y Contratos de Función
Pública".
JOSE MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO; FERNANDO LORENZO; LUIS ROSADILLA; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; DANIEL OLESKER; TABARE AGUERRE; HECTOR LESCANO; GRACIELA MUSLERA; ANA MARIA VIGNOLI.