La Agencia tendrá los siguientes cometidos:
A) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de programas e instrumentos
orientados al desarrollo económico productivo y al fortalecimiento de
las capacidades de desarrollo.
B) Diseñar, implementar y ejecutar programas e instrumentos, financieros y
no financieros, para el fomento del desarrollo económico productivo, de
acuerdo con los lineamientos político-estratégicos y las prioridades
establecidas por el Poder Ejecutivo en acuerdo con el Gabinete
Productivo.
C) Promover, articular y coordinar las acciones de los actores públicos y
privados vinculados al desarrollo económico productivo, de modo de
potenciar las sinergias entre ellos y aprovechar al máximo los recursos
disponibles.
D) Evaluar sus programas e instrumentos en forma continua dando adecuada
difusión pública de los resultados.
E) Promover la incorporación del conocimiento para la mejora de la gestión
de las empresas y organizaciones públicas y privadas vinculadas al
desarrollo económico productivo.
F) Promover el emprendedurismo en todo el territorio nacional.
G) Brindar asistencia técnica, apoyo logístico y asesoramiento a cualquier
ente público y a los Gobiernos Departamentales, en forma directa o
mediante todo tipo de convenios, para la implementación de los
lineamientos estratégicos y prioridades definidas por el Poder
Ejecutivo.
H) Administrar fondos, por cuenta de terceros, dirigidos al fomento,
promoción o asistencia a actividades o sectores productivos.
I) Constituir fondos de inversión y fideicomisos y cumplir cualquiera de
las funciones referidas a fideicomisos en general, financieros o de
cualquier otro tipo que tengan por fin el cumplimiento de los cometidos
de la Agencia de acuerdo con los lineamientos estratégicos y
prioritarios, previa autorización del Ministerio de Economía y
Finanzas.
J) Establecer relaciones de cooperación recíproca con instituciones
públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y con organismos
internacionales que permitan el óptimo aprovechamiento de recursos
disponibles en beneficio del país.
K) Actuar como ejecutora de proyectos vinculados al desarrollo económico
productivo financiados con préstamos o donaciones nacionales o
internacionales.
CAPITULO II
ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO