Fecha de Publicación: 05/11/2009
Página: 409-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 39

 La Corporación Nacional para el Desarrollo realizará una reestructura
general de su funcionamiento, en atención a lo dispuesto en la presente
ley en materia de cometidos de la Agencia. Asimismo podrá modificar su
denominación a fin de ajustar la misma a sus nuevos cometidos.
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