Fecha de Publicación: 16/10/2009
Página: 181-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 18

 Encomiéndase a la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) la
administración del Fideicomiso Uruguayo De Ahorro y Eficiencia Energética
(FUDAEE) en su condición de agente fiduciario habilitado por el Banco
Central del Uruguay (BCU).

Encomiéndase a la Unidad de Eficiencia Energética (UEE) a actuar en
representación del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM).
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