Fecha de Publicación: 27/01/2009
Página: 515-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 8

 (Difusión pública de resoluciones).- Cuando la INDDHH emita
recomendaciones, opiniones o propuestas sin haber mediado solicitud previa
de los organismos involucrados en las mismas y considere que no se
verifican situaciones graves o urgentes a resolver, dichas
recomendaciones, opiniones o propuestas se comunicarán a las autoridades u
organismos involucrados sin que la INDDHH le dé difusión pública durante
el plazo que ésta determine para cada caso.
Lo dispuesto precedentemente no aplicará ante supuestos de denuncias que
se regularán por el procedimiento correspondiente, ni cuando la INDDHH
sesione en Asamblea Nacional de Derechos Humanos o cuando se trate de
brindar informes anuales o especiales a la Asamblea General.
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