Fecha de Publicación: 27/01/2009
Página: 515-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 74

 (Principio general).- El presupuesto de la INDDHH deberá ser el adecuado
para garantizar su funcionamiento autónomo y deberá asegurar la
infraestructura y dotación de personal necesaria para el buen desempeño de
la INDDHH en todos los ámbitos de su competencia.
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