Fecha de Publicación: 27/01/2009
Página: 515-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 54

 (Atribuciones del Presidente).- Son atribuciones del Presidente de la
INDDHH:
A)     Representar a la INDDHH.
B)     Convocar a las sesiones ordinarias del Consejo Directivo y
       extraordinarias de la INDDHH, de conformidad con la presente ley y
       el Reglamento de la INDDHH.
C)     Dirigir las sesiones de la INDDHH, someter a su consideración las
       materias que figuren en el orden del día, conceder el uso de la
       palabra y decidir las cuestiones de orden que se susciten durante
       las sesiones de la INDDHH.
D)     Hacer cumplir las decisiones de la INDDHH.
E)     Ejercer cualquiera otras funciones que le sean conferidas por esta
       ley o por el Reglamento de la INDDHH.

                               CAPITULO VI
                       FUNCIONAMIENTO DE LA INDDHH
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