Fecha de Publicación: 27/01/2009
Página: 515-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 33

 (Registro estadístico).- El Consejo Directivo de la INDDHH llevará un
registro estadístico de todas las denuncias que reciba, los casos en que
intervenga de oficio y las resoluciones que adopte.
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