Fecha de Publicación: 27/01/2009
Página: 515-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 14

 (Plazo).- El plazo para la presentación de las denuncias o para la
actuación de oficio, será de seis meses contado a partir de haberse tomado
conocimiento de los actos o hechos que la motivan.
En casos debidamente fundados y cuando se trate de violaciones graves a
los derechos humanos, dicho plazo podrá ser ampliado por el Consejo
Directivo de la INDDHH.
Cuando se trate de violaciones a los derechos humanos que puedan ser
consideradas genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra,
no existirá limitación de plazo para la presentación de las denuncias.
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