Fecha de Publicación: 16/01/2009
Página: 247-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 81

 (Ingreso).- La Educación Terciaria Pública facilitará el ingreso a sus
cursos y carreras a los estudiantes que hayan cursado en otras
instituciones terciarias, por medio de reválidas, o del reconocimiento de
los créditos correspondientes.
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