Fecha de Publicación: 16/01/2009
Página: 247-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 4

 (De los derechos humanos como referencia del ejercicio del derecho a la
educación).- La educación tendrá a los derechos humanos consagrados en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Constitución de la
República y en el conjunto de los instrumentos internacionales ratificados
por nuestro país, como elementos esenciales incorporados en todo momento y
oportunidad a las propuestas, programas y acciones educativas,
constituyéndose en un marco de referencia fundamental para la educación en
general y en particular para los educadores en cualquiera de las
modalidades de su actuación profesional.
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