MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Coberturas especiales).- Los damnificados o sus causahabientes serán indemnizados por el procedimiento de los artículos siguientes, cuando los daños sean producidos por: A) Un vehículo no identificado. B) Un vehículo carente de seguro obligatorio. C) Un vehículo hurtado u obtenido con violencia.Ayuda