Fecha de Publicación: 13/11/2008
Página: 611-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 44

 (Gastos Necesarios).- Aquellos gastos que sean necesarios para llevar
adelante los Procedimientos de Solución, entre ellos disponer una reserva
para afrontar los pasivos laborales en caso de desvinculación, podrán ser
con cargo a la institución financiera en proceso de resolución, según el
criterio de los interventores.
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