Fecha de Publicación: 11/11/2008
Página: 574-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 36

 (Causales).- Según la causal que la determine, y sin perjuicio de lo
dispuesto por el artículo 81, la jubilación únicamente puede ser:
A) Común.
B) Por incapacidad total.
C) Por edad avanzada.
Ayuda