Fecha de Publicación: 10/01/2008
Página: 93-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 38

 (Coordinación).- El Instituto Nacional de la Leche coordinará el
desarrollo de la política de inteligencia comercial externa con las
instituciones y oficinas gubernamentales encargadas del comercio exterior,
para facilitar la apertura y el desarrollo de los mercados
internacionales.
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