Autorízase al Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", a partir de
la promulgación de la presente ley, a cancelar la deuda con el Banco de
Previsión Social por $ 16:324.843 (dieciséis millones trescientos
veinticuatro mil ochocientos cuarenta y tres pesos uruguayos), por
concepto de obligaciones pendientes al 31 de octubre de 2005 del personal
contratado para misiones diplomáticas y oficinas consulares, que haya
optado por el sistema previsional uruguayo, la que será deducida de los
pagos realizados por concepto de asistencia financiera.