Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 271

 Asígnase al Inciso 25 "Administración Nacional de Educación Pública" a
partir del ejercicio 2007, una partida anual de $ 106:617.553 (ciento seis
millones seiscientos diecisiete mil quinientos cincuenta y tres pesos
uruguayos), adicional a los anticipos otorgados por lo dispuesto en el
artículo 150 de la Ley Nº 18.046, 24 de octubre de 2006, a efectos de
completar el incremento de créditos presupuestales dispuesto por el
literal A) del artículo 476 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de
2005, referido a la variación de ingresos del ejercicio 2006.

El importe asignado en el inciso precedente contempla el monto no
utilizado del anticipo concedido para el ejercicio 2006.
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