Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 262

 Sustitúyese el numeral 5) del artículo 393 de la Ley Nº 17.930, de 19 de
diciembre de 2005, por el siguiente:

   "5) Actuarios, Actuarios Adjuntos, Inspectores de Juzgados de Paz de la
       División Servicios Inspectivos".
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