Facúltase a la unidad ejecutora 021 "Dirección General del Registro de
Estado Civil" a brindar, por medio de sus funcionarios dependientes, las
tareas de Oficial de Registro Civil, actualmente a cargo de los Jueces de
Paz. El referido traslado de actividades, se hará en forma gradual, de
acuerdo con las posibilidades del servicio y en coordinación con la
Suprema Corte de Justicia.