Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 166

 Asígnase al Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores" una partida
anual de $ 15:872.650 (quince millones ochocientos setenta y dos mil
seiscientos cincuenta pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1
"Rentas Generales" para financiar una compensación especial mensual sujeta
a Montepío, destinada a los funcionarios pertenecientes al escalafón M
"Servicio Exterior" y al escalafón R "Personal no incluido en otros
escalafones", que se encuentren cumpliendo funciones en la Cancillería.

La aplicación del presente beneficio se efectuará en forma escalonada,
abonándose la mitad del monto que determine la reglamentación, a partir
del primer mes del segundo año de permanencia en el país del funcionario
y, completándose la restante mitad a partir del primer mes del tercer año.

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.
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