Fecha de Publicación: 30/07/2007
Página: 171-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 29

 (Remisión).- En todo lo no previsto en esta ley o en su decreto
reglamentario, relativo al procedimiento para la investigación y sanción
de prácticas prohibidas, se aplicarán las soluciones del Decreto Nº
500/991, de 27 de setiembre de 1991, sus modificativos y concordantes.
Ayuda