Fecha de Publicación: 09/01/2007
Página: 155-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 21

 Los bienes de la Agencia son inembargables y sus créditos, cualquiera fuera su origen, gozan del privilegio establecido en el numeral 6º del artículo 1732 del Código de Comercio. 
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