Ley 17.904
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2004.
(1.968*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo 1
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2004, con un resultado deficitario de:
a) $ 11.085:214.000 (once mil ochenta y cinco millones doscientos
catorce mil pesos uruguayos) correspondiente a la ejecución
presupuestaria y;
b) $ 23.951:408.000 (veintitrés mil novecientos cincuenta y un
millones cuatrocientos ocho mil pesos uruguayos) por concepto de
operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de
normas legales.
Apruébanse las partidas a regularizar y los créditos no financiados por
el Estado incluidos en el Balance de Ejecución Presupuestal,
correspondiente a los Ejercicios 2002 y 2003, incorporados a la presente
ley como anexo.
Los importes referidos precedentemente surgen de los estados
demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley y que forman
parte de la misma.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JOSE DIAZ; REINALDO
GARGANO; DANILO ASTORI; AZUCENA BERRUTTI; FELIPE MICHELINI; VICTOR ROSSI;
JORGE LEPRA; EDUARDO BONOMI; MIGUEL FERNANDEZ GALEANO; JOSE MUJICA;
HECTOR LESCANO; MARIANO ARANA; MARINA ARISMENDI.