Fecha de Publicación: 14/09/2004
Página: 556-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 187

 (Prohibición de proveer).- Prohíbese la venta, provisión, arrendamiento 
o distribución a personas menores de dieciocho años de:
1)  Armas, municiones y explosivos.
2)  Bebidas alcohólicas.
3)  Tabacos, fármacos, pegamentos u otras sustancias que puedan significar
    un peligro o crear dependencia física o psíquica.
4)  Revistas, publicaciones, video casetes, discos compactos u otras
    formas de comunicación que violen las normas establecidas en los
    artículos 181 a 183 de este Código.
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