Fecha de Publicación: 14/09/2004
Página: 556-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 183

 (Principios rectores).- A fin de proteger los derechos de los niños y 
adolescentes, en lo que refiere a la publicidad elaborada y divulgada en 
todo el territorio nacional, deberán atenderse los siguientes 
principios:
A)  Los anuncios publicitarios no deben incitar a la violencia, a la 
    comisión de actos delictivos o a cualquier forma de discriminación.
B)  Las prestaciones del producto deben mostrarse en forma 
    comprensible y que coincida con la realidad.

II -Publicidad protagonizada por niños y adolescentes
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