(Control de la autoridad administrativa).- El Instituto Nacional del
Menor o las autoridades de los establecimientos de internación,
informarán cada tres meses al Juez sobre la forma como se cumple la
medida y la evolución del adolescente.
El Instituto Nacional del Menor reglamentará el funcionamiento de los
establecimientos donde se cumplen las medidas privativas de libertad.
V - Derechos y deberes durante la ejecución de las medidas
socioeducativas