Fecha de Publicación: 14/09/2004
Página: 556-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 10

 (Derecho del niño y adolescente con capacidad diferente).- Todo niño y 
adolescente, con capacidad diferente psíquica, física o sensorial, tiene 
derecho a vivir en condiciones que aseguren su participación social a 
través del acceso efectivo especialmente a la educación, cultura y 
trabajo.
Este derecho se protegerá cualquiera sea la edad de la persona.
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