Ley 17.448
Derógase el monopolio de la importación, exportación y refinación de
petróleo crudo y el de exportación de derivados de petróleo, establecidos
a favor del Estado y administrados por la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) de acuerdo con la Ley Nº 8.764.
(93*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo 1
Derógase el monopolio de la importación, exportación y refinación de
petróleo crudo y el de exportación de derivados de petróleo, establecidos
a favor del Estado y administrados por la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP) de acuerdo con la Ley Nº 8.764,
de 15 de octubre de 1931.
Esta disposición se hará efectiva a partir del acto administrativo de
adjudicación del proceso referido en el artículo 2º de la presente ley.
BATLLE, DANIEL BORRELLI, GUILLERMO VALLES, ALBERTO BENSION, LUIS BREZZO,
ANTONIO MERCADER, LUCIO CACERES, SERGIO ABREU, ALVARO ALONSO, LUIS
FRASCHINI, GONZALO GONZALEZ, ALFONSO VARELA, CARLOS CAT, JAIME TROBO.