El Estado asegurará a las personas sordas e hipoacústicas el efectivo
ejercicio de su derecho a la información, implementando la intervención
de intérpretes de Lengua de Señas Uruguaya en programas televisivos de
interés general como informativos, documentales, programas educacionales
y mensajes de las autoridades nacionales o departamentales a la
ciudadanía. Cuando se utilice la Cadena Nacional de Televisoras será
preceptiva la utilización de los servicios de intérprete de Lengua de
Señas Uruguaya.