Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 68

 Los proyectos a incluir en los Convenios de Participación, serán 
presentados ante la Intendencia Municipal, la que dispondrá de un plazo 
de 30 días hábiles para efectuar el control del cumplimiento de los 
requisitos exigidos por el PIAI para el fraccionamiento de los predios y 
los permisos de construcción, emitir las aprobaciones y habilitaciones 
correspondientes o formular observaciones.
Si existiesen observaciones, una vez levantadas las mismas, la 
Intendencia Municipal dispondrá de un plazo no superior a 30 días 
hábiles, para aprobar el proyecto de fraccionamiento y de regularización 
del asentamiento. Si el Ejecutivo comunal en el plazo indicado no se 
hubiera pronunciado, el proyecto presentado se tendrá por aprobado.
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