La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá mantener un registro
actualizado con la información de los contratos de beca y pasantía.
Los jerarcas de las unidades ejecutoras solicitarán, en forma previa a la
suscripción del contrato, información respecto a si el postulante no fue
contratado como pasante o becario.
Suscrito el contrato de beca y pasantía deberán comunicarlo en un plazo
de diez días.
Dentro del plazo de treinta días a partir de la vigencia de la presente
ley, los jerarcas deberán comunicar los contratos de beca y pasantía
vigentes y suscritos con anterioridad.