CONSEJO DE MINISTROS
No podrán contratarse becarios y pasantes sin previa autorización expresa del Poder Ejecutivo. Los créditos asignados para tales contrataciones serán limitativos no pudiendo aumentarse por medio de transposiciones ni refuerzos. En el crédito autorizado se consideran comprendidos el sueldo anual complementario y las cargas legales.Ayuda