Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 555

 Agrégase al artículo 18 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, el 
siguiente literal:
"D) Los servicios vinculados con la salud de los seres humanos."
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