Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 527

 Asígnase las siguientes partidas destinadas a Compensaciones por 
Alimentación sin Aportes de funcionarios docentes y no docentes de la 
Administración Nacional de Educación Pública: $ 207:132.000 (pesos 
uruguayos doscientos siete millones ciento treinta y dos mil), y para el 
año 2001; $ 276:176.000 (pesos uruguayos doscientos setenta y seis 
millones ciento setenta y seis mil) anuales para los años 2002, 2003 y 
2004.
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