Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 520

 Los cargos de chofer del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, 
además de las funciones atinentes a su cargo presupuestal, desempeñarán 
las que el Tribunal les asigne.
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