Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 425

 El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Deporte y Juventud, 
podrá otorgar concesiones de uso o servicios, de los predios e 
instalaciones a su cargo, a las instituciones o empresas que cumplan las 
condiciones que a tal efecto aprobará el Ministerio.
Ayuda