Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 370

 Asígnase al Ministerio de Salud Pública una partida anual, a partir del 
año 2001, de $3:484.600 (pesos uruguayos tres millones cuatrocientos 
ochenta y cuatro mil seiscientos) con destino al diseño y ejecución de un 
Programa de Internado en la Licenciatura de Enfermería de la Universidad 
de la República, para atender la erogación que demanden la contratación 
de hasta cien estudiantes por año, cuya duración del internado y demás 
condiciones, serán determinadas por la reglamentación que a tal efecto 
dicte el Poder Ejecutivo.
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