Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 250

 Decláranse habilitados los puertos de M'Bopicuá y Laureles sobre el río 
Uruguay, en el departamento de Río Negro. Estas habilitaciones entrarán 
en vigencia una vez que el Poder Ejecutivo apruebe los estudios técnicos, 
económicos y ambientales exigidos por las leyes vigentes y adopte las 
resoluciones correspondientes.
Ayuda