Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 216

 Encomiéndase al Instituto Nacional de Carnes (INAC) la presentación de 
un proyecto de ley con la actualización de sus funciones en un plazo no 
mayor a noventa días.
Habilítase al INAC a establecer una reglamentación en la que ajuste a las 
modernas necesidades del mercado y la producción el mayor o menor 
cumplimiento de sus controles y competencias.
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